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Gobierno Corporativo en México

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  • La Ley del Mercado de Valores requiere que las empresas que cotizan sus acciones en la BMV tengan por lo menos un 25% de consejeros independientes. La asamblea de accionistas debe calificar la independencia de los consejeros.
    La definición de independencia bajo la Ley de Mercado de Valores difiere en algunos aspectos de la aplicable a las emisoras de los Estados Unidos bajo el estándar del NYSE y prohíbe, entre otras relaciones, que un consejero independiente sea un empleado o funcionario de la empresa o de un accionista que puede tener influencia sobre los funcionarios, clientes relevantes y contratistas, así como ciertas relaciones entre el consejero independiente y los miembros de la familia del consejero independiente. Además, en nuestros estatutos se amplía la definición de consejero independiente. Nuestros estatutos prevén un Comité Ejecutivo del Consejo de Administración. El Comité Ejecutivo está actualmente integrado por cinco miembros, y no existen reglas mexicanas aplicables que requieran que algunos de sus miembros sean consejeros independientes. El Comité Ejecutivo puede ejercer generalmente las facultades del Consejo de Administración, sujeto a ciertas excepciones. Nuestro Director General es miembro del Consejo de Administración y del Comité Ejecutivo.
  • Las empresas que cotizan sus acciones en la BMV deben tener un comité de prácticas societarias.
  • El Código de Mejores Prácticas Corporativas recomienda que las empresas que cotizan sus acciones tengan un comité de compensación. Mientras que estas reglas no son jurídicamente vinculantes, no cumplir con la recomendación del Código de Mejores Prácticas Corporativas, obliga a las emisoras a revelar públicamente por qué sus prácticas difieren de los lineamientos recomendados.
  • La Ley del Mercado de Valores requiere que las empresas que coticen sus acciones deben tener un comité de auditoría. El Presidente y la mayoría de los miembros deben ser independientes.
  • Los consejeros que no participan en la administración no están obligados a reunirse en sesiones ejecutivas. El Código de Mejores Prácticas Corporativas no recomienda expresamente estas sesiones ejecutivas.
  • Las sociedades que cotizan sus acciones en la BMV están obligadas a obtener la aprobación de la asamblea de accionistas para los planes de retención con acciones, siempre que dichos planes estén sujetos a ciertas condiciones.
  • Las sociedades que cotizan sus acciones en la BMV no están obligadas a adoptar un código de ética. Sin embargo, hemos adoptado un Código de Ética que está disponible a través de nuestra página web y en nuestras oficinas corporativas. Ver – "Código de Ética". Cualquier excepción que se haga al Código de Ética que implique a cualquiera de nuestros funcionarios o consejeros se hará sólo con la autorización del Consejo de Administración o un el Comité de Auditoría y Prácticas Societarias.
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